En un hecho sin precedentes, la Superintendencia de Sociedades impuso una sanción personal de $37.500.000 pesos colombianos (aproximadamente USD 9.800) al representante legal de una reconocida empresa importadora de acero. Esta multa, la primera de su tipo relacionada con el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SAGRILAFT), marca un hito en la aplicación de normativas empresariales.
El proceso administrativo sancionatorio, que comenzó el 23 de junio de 2023, reveló que, entre agosto de 2021 y mayo de 2023, la compañía no implementó el sistema SAGRILAFT, a pesar de contar con otros controles en materia de cumplimiento normativo. La empresa admitió su falta, atribuyéndola al “desconocimiento normativo carente de mala fe” y manifestó su disposición a allanarse a los cargos formulados por la Superintendencia de Sociedades.
Sin embargo, la autoridad de supervisión fue enfática al recordar que el incumplimiento de los deberes establecidos en el numeral 5.1.4.2 del SAGRILAFT es responsabilidad directa del representante legal. Según la entidad, el funcionario “no actuó de forma prudente ni diligente” en la aplicación de las normativas obligatorias, lo que no solo puso en riesgo la empresa, sino también el ecosistema económico del país.
La Superintendencia de Sociedades concluyó que la omisión de implementar el SAGRILAFT no solo vulneró el orden empresarial, sino que también puso en peligro bienes jurídicos tanto de la sociedad como del país, resaltando la gravedad del incumplimiento en el marco de las normativas de prevención de riesgos. Aunque inicialmente la multa fue de $75.000.000, la sanción fue reducida a la mitad, constituyendo una advertencia clara sobre la importancia de cumplir con las disposiciones regulatorias.
Esta sanción destaca la creciente relevancia del SAGRILAFT en el ámbito empresarial colombiano y la necesidad de que las empresas tomen medidas adecuadas para evitar sanciones similares en el futuro.